miércoles, 20 de noviembre de 2013

AUTONOMIA Y DERECHOS INDÍGENAS EN MÉXICO de Francisco López Bárcenas


... entre las muchas ilusiones con que nos alimentamos, una de las no menos funestas es la que nace de suponer que nuestra patria es homogénea. Levantemos ese ligero velo de la raza mista que se extiende por todas partes y encontraremos cien naciones que en vano nos esforzaremos hoy por confundir en una sola.
Ignacio Ramírez
Congreso Constituyente de 1857

Es una ilusión de criollos pensar que vamos a hacer una democracia en este país sin resolver el problema que nos ha legado una historia de colonialismo, que estamos renovando constantemente y que reaparece con peores rasgos, que son los de la discriminación racial, que existe todavía de una manera lamentable y agudísima en Chiapas y en todas las regiones donde hay frontera entre los pueblos indios y los no indios.
Pablo González Casanova
Junio de 2000


PRESENTACIÓN

Quienes de un modo u otro hemos tratado de acercarnos a la comprensión, estudio y, en lo posible, al impulso de las reivindicaciones sobre derechos de los pueblos indígenas, hemos desembocado inevitablemente en el mar de la libre determinación de los pueblos y de la autonomía como expresión concreta y actual.

Si así ha sucedido no ha sido por efecto de elucubraciones teóricas, sino por el empuje decidido de los propios pueblos y organizaciones indígenas. En sus movilizaciones, declaraciones y, sobre todo, en su cotidianidad, los pueblos indígenas han venido apuntalando su supervivencia como pueblos en el ejercicio de la autonomía y han entendido que ésta señala, además, el camino hacia la superación de la dominación cultural que enmarca sus vivencias de subordinación social, económica y jurídica.

Las implicaciones que el conjunto de reivindicaciones y prácticas autonómicas poseen van mucho más allá del mero debate sobre los mecanismos de distribución territorial del poder. Tienen que ver con una reconsideración radical del marco de convivencia en sociedades culturalmente diversas; con la ruptura del dogma de la unidad de poder y de ordenamiento jurídico que ha acompañado la creación y consolidación del estado liberal y la cultura del individualismo posesivo; con la impugnación del concepto y del sentido mismo del poder político; con la construcción de alternativas que se enfrentan al “fin de la Historia” sustituyendo a sus hegemónicos protagonistas por hacedores de pequeñas e infinitas historias.

Hablamos de una respuesta desde la raíz a un proyecto civilizatorio que ha construido y sigue manteniendo estados monoculturales, monocivilizatorios y excluyentes, cuyo sustento ideológico es el de un liberalismo inconsecuente con sus propios fundamentos pues rompe con el principio de igualdad al no reconocer la igualdad entre las distintas culturas.

Todas estas cuestiones aparecen con claridad en el contexto mexicano, donde sin duda se ha generado una de las experiencias más ricas y complejas por lo que a la lucha por el reconocimiento de la autonomía de los pueblos indígenas se refiere.

El debate alrededor de la autonomía en México, y en general sobre los derechos de los pueblos indígenas, es especialmente rico por varias razones: 1) porque no se trata sólo de una discusión académica o de política institucional, sino que han sido los propios implicados los que se han situado en el centro del debate logrando difundir sus planteamientos; 2) porque se trata de un proceso que se ha ido nutriendo de constantes e intensas experiencias prácticas: frente a la lentitud y al bloqueo de los procesos de reforma normativa e institucional, se han ido sucediendo formas de “autonomía de hecho”, de
“autonomía sin permiso”. Es el caso de los municipios autónomos zapatistas en Chiapas, o el de comunidades de Guerrero y de Oaxaca, por citar algunas de las experiencias más conocidas; 3) porque ha recogido con nitidez las cuestiones capitales del debate, y entre ellas la referida al sujeto del derecho y la escala de la autonomía, esto es, el ámbito subjetivo y, con él, territorial, al que deben referirse las demandas y las propuestas que se efectúen.

La obra de Francisco López Bárcenas es parte integrante del contexto descrito y explica con claridad el conjunto de cuestiones mencionadas, además de muchas otras. Y por “obra” no me refiero solamente al texto que estas líneas presentan: este libro, no es un producto más de reflexión y estudio académico, sino expresión de una actitud vital, de una obra de vida.

En lo que escribe Francisco no sólo hay análisis: hay experiencia, hay compromiso, hay preocupación y esperanza. El texto se sumerge de lleno en las cuestiones centrales del debate sobre los derechos de los pueblos indígenas en México. Partiendo de la configuración jurídico-internacional de los pueblos indígenas, de su reconocimiento en tanto que pueblos y de la dimensión del derecho a la libre determinación, nos conduce al modo en que el estado mexicano ha concebido a los pueblos indígenas a lo largo de su historia. Tras ello, el libro nos acerca al sentido de la rebelión zapatista y al debate jurídico-político que la misma ha sabido generar.

Finalmente, después de radiografiar los férreos límites que el derecho y el estado han impuesto a los procesos de subjetivización política de los pueblos indígenas en México, el libro concluye con una reflexión sobre la construcción de las autonomías indígenas, más allá del estado, más allá del derecho. Nos habla de las razones, de los sujetos, de sus contenidos y procesos. Nos habla de la fuerza de las autonomías, entendidas no como un objetivo a alcanzar, sino como permanentes mecanismos de transformación social, de lucha por una democracia verdaderamente inclusiva para todos y para todas.

Por encima de todo, estamos ante un ejemplo de investigación y de análisis entendidos como herramientas de lucha, aperos que se emplean para hacer fértiles terrenos de resistencia y emancipación.

Dr. Marco Aparicio Wilhelmi
Universidad de Girona, España

INTRODUCCIÓN

Uno de los efectos importantes de la rebelión indígena que hizo explosión en enero de 1994 en el Sureste Mexicano fue descubrir a la nación algo que por mucho tiempo se había mantenido oculto, como algo vergonzoso: la existencia en el Estado mexicano de pueblos indígenas. Gracias a ella, lo indígena perdió su carácter denigrante con que se le cubrió por muchos años y se vistió de un ropaje digno, en donde una parte importante de la población mexicana podemos reconocernos como lo que somos y siempre hemos sido: mexicanos, sí, pero antes que eso individuos pertenecientes a formaciones culturales diversas, existentes antes de la creación del Estado moderno y por tanto con todos los derechos que la Constitución, las leyes y, en general, el sistema jurídico mexicano garantiza a todos sus ciudadanos, pero también con derechos colectivos, derivados precisamente de nuestra pertenencia a un pueblo indígena específico, los cuales hasta ahora continúan sin reconocimiento constitucional y legal.

Otro de sus efectos inmediatos fue abrir los espacios y crear el ambiente necesarios para que los pueblos indígenas, sus organizaciones, sus comunidades, sus líderes, sus representantes, y hasta los estudiosos del tema nos pusiéramos a reflexionar sobre las demandas de los pueblos indígenas y la forma de estructurarlas, de manera que presentaran unidad y coherencia a nivel nacional, con ejes centrales en torno a los cuales giraran todas ellas. No es que antes de la rebelión zapatista no se hubiera hecho; se hizo y de muchas maneras, pero siempre fue una actividad tangencial, fuera de la agenda de los grandes problemas nacionales. No porque así lo quisieran los actores, sino porque no existía el espacio para hablar de esos temas y cuando se hacía sonaba hasta antipatriota, como algo que atentaba contra la unidad nacional.

Como consecuencia de este proceso, que se dio en los días posteriores al levantamiento y floreció durante los diálogos de San Andrés Larráinzar entre el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) y el Gobierno federal, los miembros de los pueblos indígenas de México, sus organizaciones, sus comunidades, sus líderes, sus representantes, y los estudiosos del tema, resolvimos dos aspectos fundamentales para nuestro futuro: reclamar al gobierno mexicano nuestro reconocimiento pleno como colectividades con derechos específicos y englobar todas nuestras demandas en una sola: la autonomía indígena. Esta decisión fue respaldada por los propios pueblos indígenas en la Consulta sobre Derechos y Cultura Indígena, organizada en el año de 1995 por la Secretaría de Gobernación y el Senado de la República, y ha sido ratificada en las asambleas nacionales del Congreso Nacional Indígena y sus similares en los Estados, hasta convertirse en la bandera de lucha de los movimientos indígenas de nuestro país.

El reclamo de los pueblos indígenas de México por el reconocimiento de su derecho a la autonomía por parte del gobierno y la sociedad adquirió tanta importancia que se convirtió en la manzana de la discordia entre el EZLN y el Gobierno federal; asimismo ha sido motivo para organizar matanzas masivas como la de Acteal, en el año de 1997. También para mantener el acoso sobre pueblos que han decidido caminar ese camino.

Las Juntas de Buen Gobierno y los caracoles zapatistas; la policía comunitaria y el municipio autónomo en Suljá –Amuzgos- en el estado de Guerrero; los mixtecos de San Pedro Yosotatu y los triquis de San Juan Copala, en Oaxaca. Entre otros. También la usa el gobierno para negar la legitimidad y procedencia de los reclamos indígenas. Por último la usa la sociedad civil, en apoyo a dicho reclamo, muchas veces de buena fe, pero sin un real conocimiento de lo que significa.

Estas son algunas de las razones que nos han llevado a escribir las siguientes líneas. En ellas se recogen muchos de los textos que en su momento fueron presentados como artículos periodísticos o análisis de coyuntura en revistas especializadas, porque de lo que se trata es de armar un documento una visión de conjunto sobre el tema. Es como si se construyera una casa más grande a partir de los materiales que componían varios jacales.

En el primer apartado se hace referencia a las condiciones políticas y sociales en que se presenta la emergencia de nuevos sujetos sociales que reclaman ser reconocidos sujetos de derechos; después de ello analizamos la manera en cómo se pasó de concebir los derechos humanos únicamente como individuales, a los de minorías y de ahí a los colectivos, entre los que ubicamos los derechos de los pueblos indígenas. Enseguida hablaremos de la autonomía como derecho aglutinador de otros derechos colectivos y las características que ésta asume en el contexto mexicano. Otro apartado versará sobre el trato legislativo que se ha dado a los derechos indígenas en nuestro país y su situación actual. Uno más contiene un análisis de las diversas propuestas de reforma para reconocer los derechos indígenas en la
Constitución. En el siguiente se describen algunos augurios sobre el futuro de los pueblos indígenas y sus demandas. Y finalizamos con la reforma constitucional aprobada, su contenido y el por qué de su rechazo; además de la legislación sobre derechos indígenas que se aprobó después de ella.


La idea que subyace en el trabajo es que el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas y las condiciones para su ejercicio solo será posible con una profunda transformación del Estado mexicano y para ello es necesario el concurso del esfuerzo de todos los mexicanos, no sólo de los pueblos indígenas.

sábado, 16 de noviembre de 2013

EMPRESA RACISTA


Fernando Camacho Servín

Periódico La Jornada

Sábado 16 de noviembre de 2013.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) inició de oficio una queja para investigar la presunta violación a derechos humanos cometida en agravio de los jóvenes indígenas de Oaxaca que sufrieron actos discriminatorios por parte de personal de Aeroméxico.
 
El organismo indicó que debido a su origen y forma de vestir, se les impidió abordar un avión a pesar de contar con boletos previamente adquiridos. Con la finalidad de recabar evidencia suficiente de este caso que permita acreditar la presunta violación a los derechos humanos, el organismo autónomo requerirá a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes el informe correspondiente y emitirá la determinación que conforme a derecho corresponda, una vez integrado el expediente de queja.